El Programa High Road, Inc. [HIGH ROAD] ofrece múltiples tipos de asesoramiento y educación sobre el abuso de alcohol y drogas tanto en el condado de Los Ángeles como en el de Riverside. La mayoría de estos servicios se prestan a personas remitidas por el Tribunal, el Departamento de Vehículos de Motor, la Libertad Condicional del Condado o la Agencia Estatal de Libertad Condicional. Los clientes deben completar los programas especificados por la ley del Estado de California, donde la ley estatal y/o las normas del condado obligan tanto al contenido como a la duración de los servicios del programa.

Los servicios de asesoramiento ambulatorio sobre alcohol y drogas también están a disposición del público en general. Los programas de asesoramiento pueden diseñarse específicamente para cada cliente.

Los servicios son muy asequibles. Nuestros clientes pagan los servicios semanalmente con un plan de pagos que oscila entre 30,00 y 40,00 $/semana.

Los siguientes servicios son prestados por HIGH ROAD. Dado que los condados de Los Ángeles y Riverside tienen requisitos de programa diferentes, no todos los servicios que se enumeran a continuación están disponibles en todas las instalaciones de HIGH ROAD.

Programas y Servicios

Servicios de tratamiento por conducir bajo los efectos del alcohol (DUI)

HIGH ROAD está autorizada por el Departamento de Programas de Alcohol y Drogas del Estado de California y aprobada por los condados de Los Ángeles y Riverside, para prestar servicios de tratamiento de DUI a personas condenadas por un delito de conducción bajo los efectos del alcohol y/u otras drogas.

Servicios para Primeros Delincuentes

IMPRUDENCIA TEMERARIA EN MOJADO (SB1176): Las personas condenadas por un delito de DUI «imprudente en mojado» deben completar 12 horas de educación sobre alcohol y drogas.

PRIMER INFRACTOR (AB803): Las personas de 18 a 20 años condenadas por un primer delito de conducir bajo los efectos del alcohol deben completar 12 horas de educación sobre alcohol y drogas.

PROGRAMA DE TRATAMIENTO PARA PRIMEROS INFRACTORES DE 3 Ó 4 MESES* (AB541): Las personas de 21 años o más condenadas por un primer delito de conducir bajo los efectos del alcohol deben completar 32 horas, consistentes en educación y asesoramiento individual y en grupo.
* Depende de la ubicación del condado.

PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE 6 MESES PARA PRIMEROS INFRACTORES (AB762): Según lo ordenado por el tribunal y como condición para la libertad condicional, las personas de 21 años o más condenadas por un primer delito de conducir bajo los efectos del alcohol con una concentración de alcohol en sangre de 0,20% o superior, deben completar un mínimo de 45 horas consistentes en educación y asesoramiento grupal e individual.

PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE 9 MESES PARA PRIMEROS INFRACTORES (AB1353): Como condición para la libertad condicional, el tribunal puede exigir a las personas de 21 años o más condenadas por un primer delito de conducir bajo los efectos del alcohol con una tasa de alcohol en sangre de 0,020 o superior, que completen un programa de tratamiento de 62,25 horas y 9 meses de duración, consistente en educación y asesoramiento individual y en grupo.

Servicios para segundos delincuentes

PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE 3 MESES PARA SEGUNDOS INFRACTORES (AB803): Las personas de 18 a 20 años condenadas por un segundo delito de conducir bajo los efectos del alcohol deben completar 32 horas consistentes en educación y asesoramiento individual y en grupo.

PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE 12 MESES PARA SEGUNDOS DELINCUENTES (SB38): Las personas de 21 años o más cuya fecha de condena sea anterior a 1990 deben completar 72 horas consistentes en educación y asesoramiento grupal e individual.

PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE 18 MESES PARA SEGUNDOS DELINCUENTES (SB38/SB1344): Las personas de 21 años o más cuya fecha de condena sea de 1990 o posterior deben completar 78 horas consistentes en educación y asesoramiento grupal e individual.

Servicios para delincuentes múltiples

PROGRAMA DE TRATAMIENTO DE 30 MESES PARA DELINCUENTES MÚLTIPLES (SB1365): Las personas de 21 años o más condenadas por un tercer delito o más de conducir bajo los efectos del alcohol pueden recibir la orden de completar 158 horas consistentes en educación y asesoramiento grupal e individual. El individuo también debe completar un compendio de pruebas para el Tribunal de que efectivamente ha realizado cambios que demuestren una mejora mensurable de vivir y comportarse de forma responsable.

Código Penal 1000/D.E.J Servicios

Aplazamiento de la Sentencia/Desvío de Drogas: Como condición para la libertad condicional, las personas condenadas por un delito menor de drogas deben completar un programa de tratamiento aprobado de 31,5 horas – 16 semanas, o un programa de tratamiento aprobado de 47 horas – 20 semanas, consistente en educación y asesoramiento individual y en grupo. La duración del programa depende del condado de condena.

Otros servicios obligatorios

STOP: Servicios de habilitación y rehabilitación prestados a personas que han salido de instituciones estatales y que han participado en programas de tratamiento del alcoholismo y la drogadicción mientras estaban encarceladas. Estos servicios consisten en asesoramiento grupal e individual, además de análisis de orina aleatorios para la detección de drogas. Estos servicios también incluyen servicios educativos para ayudar al individuo a reincorporarse eficazmente a la sociedad. Se proporciona ayuda para aprender a buscar empleo, además de coordinar las derivaciones a viviendas para sobrios, asistencia médica, transporte y colocación laboral.

Servicios Generales

Servicios de tratamiento del alcoholismo y otras drogas: Para individuos y sus familiares. Estos servicios consisten en asesoramiento individual y de grupo y servicios de educación sobre el abuso de sustancias para ayudar a una persona a iniciar y mantener su recuperación del abuso de alcohol y/o drogas. También hay servicios disponibles para los familiares que necesiten asesoramiento y educación sobre cómo afrontar y ayudar eficazmente a su familiar adicto.

Evaluación de alcohol y otras drogas (AOD): Se realiza una evaluación completa y exhaustiva sobre el alcohol y otras drogas con un asesor certificado en abuso de sustancias. El instrumento de evaluación utilizado es el ASI (Índice de Gravedad de la Adicción). El ASI se administra en una entrevista semiestructurada a los pacientes que se presentan para recibir tratamiento por abuso de sustancias. El instrumento recoge información sobre siete áreas de la vida del paciente: médica, empleo/apoyo, consumo de drogas y alcohol, legal, antecedentes familiares, relaciones familiares/sociales y problemas psiquiátricos. Utilizando una escala de diez puntos de 0 a 9, las valoraciones de gravedad del entrevistador indican el grado de problemas del paciente en cada una de las siete áreas problemáticas, basándose en información histórica y actual.

Control de la ira
: Los servicios se prestan a personas que proactivamente desean autorremitirse a asesoramiento para controlar mejor su ira, o a personas que han sido remitidas por una agencia de servicios comunitarios o un empleador, o como condición de la libertad condicional, personas a las que el tribunal ha ordenado que completen un asesoramiento para controlar la ira. El nivel y la duración de los servicios se determinan por orden judicial.

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